Subsidio de Fallecimiento

Exclusivo para el Socio Titular Activo y Pasivo

Comprende todos los decesos, exceptuando la muerte ocasionada por suicidio

 

Monto: $600.000

Condiciones

No acceden a este subsidio quienes se incorporen como Socios con 65 años cumplidos.
Los Socios Titulares Activos y Pasivos deberán designar a un/una beneficiaria para la percepción del subsidio, mediante una declaración jurada de beneficiario, cumplimentando dicho formulario y que deberá presentarse ante la Mutual.
Los fallecimientos ocasionados por suicidios, excluyen de este beneficio.
En caso que el Socio Titular Activo, Pasivos al momento de su fallecimiento tenga deuda por ayuda económica u otros servicios contraídos con la Mutual el monto se le descuenta del Subsidio. En caso que la deuda sea de un monto mayor al subsidio, la Mutual lo absorbe la diferencia mediante un fondo especial constituido para tal fin.
En caso de no haber declarado Beneficiario, la Mutual abonará el Subsidio por Fallecimiento del Socio Titular Activo y Pasivo a quienes surjan de la Declaratoria de Herederos.

Procedimiento

El fallecimiento deberá ser informado a la Mutual dentro de los seis (6) meses de ocurrido el hecho.

Antigüedad como Socio: 6 meses

Excepciones

NO percibe el subsidio por fallecimiento el Socio Titular Activo y Pasivo que ingrese con más de 65 años

Requisitos

Acta de defunción certificada
Fotocopia del último recibo de sueldo
Fotocopia de la Libreta de Casamiento
Fotocopia del DNI de los beneficiarios
CBU de los Beneficiarios

Formularios

Desde acá podrás bajar el formulario para la solicitud del Reintegros y Subsidios

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