Quienes son?
Son los Cónyuges, hijos menores de 21 años, hijos con capacidades diferentes (*) y nietos a cargos del Socio Titular Activo -que estén judicialmente reconocidos-
Cuando el/los hijos del Socio Titular, cumplan 21 años, automáticamente se incorporarán como Socios Adherentes.
En el caso de los hijos que estén cursando estudios terciarios, superiores y/o universitarios, presentando anualmente el certificado de estudios, se extenderá el beneficio hasta los 26 años.
(*) Deberán presentar la declaración de incapacidad. Sin límite de edad.
Los Socios Participantes por estar a cargo del Socio Titular no abonan cuota societaria
Derechos
No tienen derecho a integrar y elegir los órganos previstos por el Estatuto Social
Requisitos de Incorporación
Requisitos para otorgar la baja
Condiciones
Para acceder a los Beneficios de Reintegros y Subsidios que ofrece la Mutual deberán:
Edad Límite
El Socio Participante incorporado luego de haber cumplido los 65 años: