Jubilados y Pensionados de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe (incluídos los jubilados y pensionados de otros gremios estatales) y los Jubilados y Pensionados de las Cajas de Jubilaciones y Pensiones Municipales (excepto Venado Tuerto y Rosario)
Reciben todos los beneficios, reintegros, subsidios y servicios
Derechos
Tienen derecho a integrar y elegir los órganos previstos por el Estatuto Social
Condiciones y Obligaciones para acceder a los beneficios
- Pagar la cuota social en término
- No registrar deuda en el pago mensual de los servicios que utilice de la Mutual
- Las Cajas de Jubilaciones deben depositar las retenciones mensuales de la Mutual en tiempo y forma
- Presentar una Declaración Jurada Obligatoria del Grupo Familiar, al ingresar como socio
- Declarar los cambios del grupo familiar, dentro de los 30 (treinta) días de producida la modificación
- Comunicar cambio de domicilio dentro de los 30 (treinta) días
- Responder por cualquier daño ocasionado a la Mutual
- Respetar las resoluciones de la Asamblea y el Consejo Directivo
IMPORTANTE
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones y obligaciones exigidas para el socio, impedirá acceder a los beneficios que ofrece la Mutual
Cuota de Socio
- FARMAS bonificado para el matrimonio
$300/Mensual
Valor de la Cuota Mensual: $150
por cada familiar que designe el socio activo mediante declaración jurada obligatoria
Matrimonios: $300
Matrimonio + 2 Adherentes: $250
